Home 05/07/2008
 
RIF. J-31086723-2




 
 
 
  Haga Click en la fecha de su preferencia

El Consejo Bancario Nacional se reserva el derecho de hacer modificaciones.

Se recuerda a todo el Sector la vigencia de la Norma aprobada por el Consejo Bancario Nacional del día 02-11-95, relativa al Horario de Servicio al Público, conforme a la cual, previa solicitud y con la autorización de la Junta Directiva del Consejo Bancario Nacional, cada Banco o Institución Financiera podrá prestar servicios al público los días festivos señalados en este calendario, según resulten las necesidades de su clientela y la conveniencia de su servicio.


NOTA.- (*) Los cierres correspondientes a estos días señalados se avisarán por la prensa anticipadamente.



                                        Planillas Digitalizadas | Calendario Bancario | Preguntas Frecuentes | Contáctenos | Links de Interés                                 Screen Media Group
Para información adicional diríjase a cualquiera de nuestras oficinas a escala nacional, comuníquese al 0-500-INFO-U21 (0-500-4636-821)”